Contenido
En este artículo encontrará el siguiente contenido sobre Percepción Córdoba, en Calipso WAN:
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Introducción
El presente documento brinda la información necesaria para la aplicación del impuesto de Percepción correspondiente a la provincia de Córdoba, en el modelo WAN de Calipso, de acuerdo al VLCWA-2056
El mismo, contiene la siguiente información:
Alcance, forma de cálculo e información necesaria para poder realizar el cálculo.
Abarca la posición tanto desde Ventas, como desde Compras.
Se informan los aplicativos correspondientes a las presentaciones impositivas.
El TXT se informará en un documento aparte.
El documento cumple con los lineamientos de PROD. Actualización impositiva - Fase 1
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Régimen de Percepción General Córdoba
Alcance
Se consideran los parámetros correspondientes al Régimen de Percepción General Córdoba, según la actualización publicada para dicha provincia. DECRETO 2445/2023 y RN (DGR Cba.) 1/2023
La Percepción procederá independientemente del lugar de entrega de las cosas o de la realización de las obras o prestación de servicios.
En el caso de tratarse de operaciones sobre bienes inmuebles, el régimen será aplicable cuando éste se encuentre radicado en la Provincia de Córdoba.
Forma de cálculo
Se entiende como base imponible al neto de la operación y, a partir de ello, se realiza el cálculo teniendo en cuenta:
Sobre el Neto de la misma se aplica el % que surge del padrón.
Se debe considerar un monto mínimo (actualmente, de AR$ 3.500), entendiendo como tal a la base imponible, no al importe percibido.
Las operaciones de “venta directa” no se encuentran sujetas a monto mínimo.
Vigencia
Todos los montos mínimos y porcentajes expresados en las diferentes secciones del presente documento, tienen vigencia al 05/2024
Devolución de Percepciones
Las devoluciones podrán anular total o parcialmente las percepciones originales ingresadas al Fisco y compensar los importes de dichas anulaciones con el monto de las percepciones a pagar.
Aplicación
Ventas
Se consideran las implicancias para los sujetos que son agentes; es decir, la posición desde Ventas.
Padrón: será actualizado mensualmente y podrá descargarse en el siguiente enlace:
https://www.rentascordoba.gob.ar/gestiones/listados-unicos-alicuotas
En caso que el sujeto pasible no se encontrara en el padrón y la operación fuese realizada en la provincia de Córdoba, deberán aplicarse las siguientes alícuotas:
Sujetos no inscriptos: 6%
Nuevos contribuyentes Locales: 4%
Nuevos contribuyentes Convenio: 2%
Por otro lado, en aquellos casos previstos en que el sujeto pasible de percepción haya solicitado la exclusión o reducción de alícuotas, deberá aplicar las alícuotas que surgen en la consulta online.
Declaración por parte del Agente
La Declaración Jurada se presenta por quincena vencida, según el calendario establecido por SIRCAR/Rentas.
Aplicativos
SIRCAR
Perspectiva Sujeto que recibe la Percepción
De forma preliminar, se debe distinguir que esto depende de la condición fiscal de cada contribuyente. A continuación, se realiza el análisis en base a los dos casos más comunes:
1) Sujetos incluídos en el Convenio Multilateral
Declaración por parte del Sujeto Retenido.
Estos sujetos efectúan su presentación a través de la DDJJ CM-03, dentro del aplicativo SIFERE WEB. En la misma, se deberán cargar las percepciones sufridas.
El TXT para importar estas percepciones lo podrá encontrar en el Anexo II.
Esta presentación es mensual.
2) Sujetos Contribuyentes Locales Córdoba
Declaración por parte del Sujeto Retenido.
Estos sujetos efectuarán la presentación a través de la DDJJ de Ingresos Brutos, Contribuyente local en el aplicativo SIFERE LOCALES WEB, desde la página de AFIP.
El TXT para importar estas percepciones lo podrá encontrar en el Anexo III.
Esta presentación es mensual.
Resumen aplicativos
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Solución Técnica | WAN
Modelo Destino
Al momento de generar la solución en el sistema, el modelo destino puede presentar las siguientes condiciones:
No tiene dado de alta el impuesto: darlo de alta con las parametrizaciones necesarias.
Tiene dado de alta el impuesto, pero no están actualizados los coeficientes en los maestros.
En ambos casos, deberá dar de alta el impuesto y/o configurar los campos requeridos en el modelo.
Posiciones en los maestros
Luego de la creación del Impuesto y/o creación de Coeficientes, deberá chequear las Posiciones en los maestros (Impuestos, Clientes, Producto, Servicios y/o Conceptos).
Posiciones recomendadas
Las posiciones detalladas, están sujetas a revisión según normativa vigente:
Nombre de Padrón
El impuesto requiere Padrón para su cálculo, por lo cual se deberá informar el mismo en el impuesto respectivo:.
En este caso, se denomina PADRON_CORDOBA_PER.
Cabe aclarar que, aún cuando el impuesto use padrón, primero se fija si corresponde considerando la posición que resulta entre el operador comercial.
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Importante: revisar las exenciones en los operadores comerciales (clientes o proveedores según corresponda).
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