Percepción IIBB San Juan

Modificado el Jue, 1 May, 2025 a 8:59 P. M.

Introducción


El presente documento tiene por objetivo reunir la información sobre el Régimen de Percepción General de San Juan, a ser aplicado en el modelo Corporate.


El mismo, contiene la siguiente información:

  • Alcance, forma de cálculo e información necesaria para poder realizar el cálculo.

  • Abarca la posición tanto desde Ventas, como desde Compras. 

  • Se informan los aplicativos correspondientes a las presentaciones impositivas y se adjunta documento al final.


Nota

>> El documento cumple con los lineamientos de CO. Actualización impositiva - Fase 1




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Régimen de Percepción General San Juan 



Alcance


Régimen de Percepción General San Juan RG 925/10

  • Aplica cuando no corresponde un régimen especial.

  • Aplica solo si la operación se entrega en la jurisdicción respectiva.



Consideraciones generales

La Provincia de San Juan recauda el impuesto sobre los ingresos brutos de 2 formas diferentes; a través de la

página web del ente recaudador para el caso de agentes locales, o a través de la página de Arca para aquellos

contribuyentes de convenio que desarrollan su actividad o prestan sus servicios en varias jurisdicciones.


Forma de cálculo


Alicuotas


La resolución 925/10 de la provincia de San Juan, establece distintas alícuotas según la actividad y el

régimen de percepción que se trate sea de Contribuyentes Locales o de SIRCAR (Convenio

Multilateral). A continuación, se detallan las alícuotas vigentes para cada actividad y régimen




Para la forma de cálculo, se entiende como base imponible al neto de la factura.  

A partir de ello, tener en cuenta:

  • Sobre el neto de la factura se aplica el % de la alicuota respectiva

  • No tiene un monto para el mínimo imponible


Vigencia

Todos los montos mínimos y porcentajes expresados en el presente documento, tienen vigencia al 05/2025






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Devolución de Percepciones



La devolución de Percepciones, prospera cuando

  • Según lo establecido por la resolución, solo se podrán emitir notas de crédito se anule la totalidad de la

    factura o se ajuste el valor de la percepción como consecuencia de una liquidación errónea. Es

    Obligatorio identificar la Factura de origen de la operación que se está anulando o corrigiendo la

    percepción.

    No corresponde Notas de Crédito parciales por descuentos financieros ni volúmenes de compra.



¿Cómo parametrizar las devoluciones?


En el siguiente instructivo encontrará los pasos necesarios para parametrizar:
>> CO. Devoluciones en Percepciones. Parametrización


 

Obligaciones

Ventas - Agentes

 

Los agentes deberán entregar a cada contribuyente la factura o documento equivalente con el detalle de

la percepción practicada. También deberán cumplir mensualmente con la presentación y el ingreso de

los saldos resultantes de la declaración jurada, en función a los vencimientos establecidos para el año

calendario en cuestión por el régimen de recaudación respectivo. Incluso deberá cumplir con la

presentación de la DDJJ aunque no tuviese movimientos, ni registrase saldos a ingresar.

El ANEXO I contará con el diseño de los registros a considerar y el ANEXO II detalla los calendarios

de vencimientos respectivos.



Tener en cuenta:

La percepción practicada tendrá el carácter de pago ingresado y será tomado como pago a cuenta del

impuesto liquidado por el sujeto pasivo junto con la presentación de la declaración del mes que sufrió

la percepción o en las declaraciones siguientes.

 




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Aplicativos



Se generará un documento independiente:


1. Perspectiva Sujeto que realiza la Percepción

Las obligaciones de los Agentes de recaudación deberán Ingresarse:


Convenio Multilateral

 A través de la plataforma SIRCAR desde la página de ARCA, para el caso de contribuyentes de Convenio Multilateral, o 


Local

A través de la Página Web de la dirección general de Rentas, por medio de Usuario y Contraseña generados en la

Plataforma Digital “Ciudadano Digital” (CIDI) en caso de contribuyentes.

Para gestionar su usuario y clave CIDI y poder cumplir con las obligaciones de la presente resolución

debe ingresar a la dirección web https://cidi.sanjuan.gob.ar/ y dirigirse al sector de Ingresar a mi cuenta;


donde podrá crear su cuenta en caso del primer acceso, o acceder a la plataforma si ya cuenta con

usuario y clave.



2. Perspectiva Sujeto que recibe la Percepción

En este caso, es necesario destacar que depende de la condición fiscal de cada contribuyente. 

A continuación, se realiza un análisis en base a los 2 más comunes:



 
Agentes, quienes generan la percepcion
Quienes reciben la percepción

Convenio Multilateral

 SIRCAR


  Local

 .CIDI






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Solución Técnica | Corporate




Modelo Destino



La siguiente solución parte del módulo impositivo del Modelo Base Corporate, que incluye:

  • los campos extendidos necesarios y los scripts actualizados;

  • los XML necesarios en caso de estar en una migración Web.


De esta manera, solo deberá realizar las configuraciones correspondientes al Impuesto y las Posiciones del mismo, detalladas en el apartado siguiente.



Tener en cuenta: en el caso de los modelos que no están construidos a partir del Modelo Base Corporate, la documentación servirá de referencia, pero deberán adaptarla a su propio modelo.


Por este motivo, sugerimos implementar dicho módulo desde el Modelo Base Corporate, considerando que el mismo puede ser independiente, sin necesidad de partir del modelo base.



Información técnica: más información en el siguiente  instructivo: CO. Solicitud de actualización.





Configuración del Impuesto


Al momento de generar la solución en el sistema, el modelo destino puede presentar distintos escenarios o casos, por lo que se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones:

  1. No tiene dado de alta el impuesto: darlo de alta con las parametrizaciones necesarias.

  2. Tiene dado de alta el impuesto, pero no están actualizados los coeficientes en los maestros.


En ambos casos, deberá dar de alta el impuesto y/o configurar los campos requeridos en el modelo, aplicando los pasos indicados en los siguientes instructivos:





Posiciones en los maestros


Luego de la creación del Impuesto y/o creación de Coeficientes, deberá chequear las Posiciones en los maestros (Impuestos, Clientes, Producto, Servicios y/o Conceptos). 


Para ello, podrá utilizar el siguiente instructivo: 


En caso de que el impuesto lleve padrón para su cálculo, este deberá ser informado en el campo Nombre, de la solapa Padrones (sección Detalle) del impuesto respectivo.



Posiciones recomendadas


Maestro

Posición

Código

Coeficiente

País

Gravado

GR

100%

No Gravado

NG

0%

Provincia

Gravado

GR

100%

No Gravado

NG

0%

No Corresponde

NC

0%

Producto, 

Servicio y Concepto

Gravado

GR

100%

No gravado

NG

0%

Cliente

Alicuota General

LC

3%

Convenio Multilateral

CM

1%

No alcanzadoNG0%


Observación: Se agregaron las alicuotas mas utilizadas, en el caso de necesidad de agregar mas posiciones en un proyecto se pueden agregar siguiendo el siguiente instructivo:  Configuración posiciones de impuestos  



>> Importante: revisar las exenciones en los operadores comerciales (clientes o proveedores según corresponda)

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