Documentación en desarrollo.
Introducción
El presente documento tiene por objetivo reunir la información sobre el Régimen de Percepción General de La Rioja, a ser aplicado en el modelo Corporate.
El mismo, contiene la siguiente información:
Alcance, forma de cálculo e información necesaria para poder realizar el cálculo.
Abarca la posición tanto desde Ventas, como desde Compras.
Se informan los aplicativos correspondientes a las presentaciones impositivas y se adjunta documento al final.
Nota
>> El documento cumple con los lineamientos de CO. Actualización impositiva - Fase 1
Régimen de Percepción General La Rioja
Territorialidad
a) Comerciantes mayoristas y minoristas que desarrollen su actividad en la Provincia de La Rioja
b) Expendedores con ventas al público
c) Prestadores de servicios de acceso a Internet y de locutorios, cabinas telefónicas y similares
Base Imponible
El importe neto que les facturen al comerciante minorista y/o prestadores de obras y servicios.
Entiéndase por monto neto sujeto a percepción al importe que surge de la factura o documento equivalente practicada a los sujetos pasivos de la percepción, netas del impuesto al valor agregado y de las sumas correspondientes a devoluciones, bonificaciones y descuentos efectivamente acordados por épocas de pago, volumen de venta u otros conceptos similares, generalmente admitidos según los usos y costumbres.
Cuando las operaciones se perfeccionen en moneda extranjera la percepción se deberá practicar sobre su equivalente en moneda argentina, al tipo de cambio vendedor fijado por el Banco de la Nación Argentina, vigente al cierre del día hábil inmediato anterior.
Minimo no imponible
No será obligatorio practicar percepciones, cuando el monto de la misma sea igual o inferior a la suma de pesos un mil ochocientos ($ 1.800,00).
Alicuotas
Fabricantes, productores, distribuidores y mayoristas: TRES POR CIENTO (3%).
Productores de combustibles líquidos y gas natural y los comercializadores mayoristas responsables del impuesto sobre los combustibles líquidos. CERO COMA CINCUENTA POR CIENTO (0,50%)
Empresas telefónicas por las retribuciones, comisiones o similares que liquiden a prestadores de servicios de acceso a Internet y de locutorios, cabinas telefónicas. Opciónes
CUATRO COMA DIEZ POR CIENTO (4,10%) sobre dichas retribuciones, comisiones o similares.
DOS POR CIENTO (2%) sobre el importe total de la facturación.
Si el vendedor, locador o prestador no acredita su condición de inscripto, la percepción se efectuará sobre el total de la base, conforme al primer párrafo del Artículo 64°, debiendo aplicarse un incremento a la alícuota que corresponda del cien por cien (100%).
Devolución de Percepciones
La devolución de Percepciones, prospera cuando:
Cuando el agente de percepción practicara percepciones en exceso podrá devolver el importe correspondiente en la medida en que no se hubiere ingresado el monto resultante.
En el caso de anulación de operaciones y producido el ingreso de dicha percepción, el contribuyente deberá solicitar el reintegro de la misma ante la Dirección.
¿Cómo parametrizar las devoluciones?
En el siguiente instructivo encontrará los pasos necesarios para parametrizar: >> CO. Devoluciones en Percepciones. Parametrización
Cálculo
Perspectiva del sujeto que efectúa la Percepción
A continuación, se analizan las implicancias para los sujetos que son Agentes; es decir, correspondiente a la posición desde Ventas. Tener en cuenta:
Parte del Agente
Ejemplos
Se considera como minimo de percepción: 1800
Todos los casos de entrega se perfeccionaron en la Rioja, de no se así no aplica la percepcion
Aplicativos
Consideraciones
Perspectiva del sujeto que recibe la Percepción
1) Sujetos incluídos en el Convenio Multilateral
2) Sujetos Contribuyentes Locales
Aplicativos (tabla)
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Solución Técnica | Corporate
Modelo Destino
Al momento de generar la solución en el sistema, el modelo destino puede presentar distintos escenarios o casos, por lo que se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones:
No tiene dado de alta el impuesto: darlo de alta con las parametrizaciones necesarias.
Tiene dado de alta el impuesto, pero no están actualizados los coeficientes en los maestros.
Configuración del Impuesto
En ambos casos, deberá dar de alta el impuesto y/o configurar los campos requeridos en el modelo, aplicando los pasos indicados en los siguientes instructivos:
Información técnica
Más información en el siguiente instructivo: CO. Solicitud de actualización.
Posiciones en los maestros
Luego de la creación del Impuesto y/o creación de Coeficientes, deberá chequear las Posiciones en los maestros (Impuestos, Clientes, Producto, Servicios y/o Conceptos).
Para ello, podrá utilizar el siguiente instructivo: CO. Configuración: Posiciones de Impuestos
En caso de que el impuesto lleve padrón para su cálculo, este deberá ser informado en el campo Nombre, de la solapa Padrones (sección Detalle) del impuesto respectivo.
Posiciones recomendadas
Importante: revisar las exenciones en los operadores comerciales (clientes o proveedores según corresponda).
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