Introducción
Nota: El presente impuesto se encuentra en desarrollo en el modelo Base.
El presente documento tiene por objetivo reunir la información sobre el Régimen de Retención General de la Pampa, a ser aplicado en el modelo Corporate.
El mismo, contiene la siguiente información:
Alcance, forma de cálculo e información necesaria para poder realizar el cálculo.
Abarca la posición tanto desde Ventas, como desde Compras.
Se informan los aplicativos correspondientes a las presentaciones impositivas y se adjunta documento al final.
Nota
>> El documento cumple con los lineamientos de CO. Actualización impositiva - Fase 1
________________________________________________________________________________________________________
Régimen de Percepción General La Pampa
Alcance
Régimen de Percepción General La Pampa. Resolución General (DGR La Pampa) 54/2007
Aplica cuando no corresponde un régimen especial.
Alcance
Industriales, distribuidores y mayoristas. (Régimen General)
Obligaciones
- Actuar como agentes de percepcion en ventas, prestaciones y locaciones de bienes o servicios realizadas con sujetos alcanzados por el impuesto sobre los ingresos brutos en La Pampa.
- Si el sujeto se encuentra en una jurisdicción diferente, la percepcion solo aplica a bienes/servicios destinados a La Pampa..
Operaciones alcanzadas
- Los Regímenes determinados en los Anexos II y siguientes de la presentes será de aplicación cuando el sujeto retenido/percibido deba asignar la operacipon a la jurisdicción de la Pampa.
Excepcion de actuar como agente
- Los agentes de Recaudación quedarán liberados de la responsabilidad de retener o percibir cuando el sujeto pasible de la retencion cuente con la "Constancia de no Retención/Percepción" vigente a la fecha en que corresponda.
Forma de cálculo
La retención o percepcion se practicará sobre el importe neto del impuesto al valor agregado cuando el sujeto revista la calidad de responsable inscripto ante el referido tributo y el mismo se encuentre discriminado; caso contrario deberá considerarse el monto total de la operación.
Alicuotas
- 2.50 % alicuota general
- 1.5 % para productos comercializados en La Pampa provenientes de matanza de ganado bovino y procesamiento de carne ubicados en La Pampa.
- 1.75 % para productos de establecimientos ubicados en otra jurisdicción.
Vigencia
Todos los montos mínimos y porcentajes expresados en el presente documento, tienen vigencia al 02/2025
******************************************************************************************************************************************************************
Devolución de Percepciones
TRATAMIENTO NOTAS DE CREDITO
Devolución de percepciones:
¿Cómo parametrizar las devoluciones?
En el siguiente instructivo encontrará los pasos necesarios para parametrizar: >> CO. Devoluciones en Percepciones. Parametrización
En el caso de Notas de Crédito por devoluciones, la anulación total o parcial de la percepcion solo procede si ambas operaciones corresponden al mismo mes y se deben informar por separado. Pero en el caso de anulación total o parcial, o modificación de una operacion por la que ya se
hubiera efectuado la retención o percepción y presentado la correspondiente
declaración jurada, el contribuyente deberá solicitar, de corresponder, el reintegro de la
misma ante la Dirección General de Rentas. En estos casos no corresponderá la
devolución por parte del propio agente de recaudación.
Presentaciones
Resolución General No 02/2002 establece que los agentes de percepción deben utilizar:
- El Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación (SIRCAR) para
declarar y realizar el ingreso mensual de las percepciones practicadas. Ver link https://calipso.freshdesk.com/a/solutions/articles/101000543944?lang=es
- Si usan el aplicativo local SIARIB Ver link https://calipso.freshdesk.com/a/solutions/articles/101000522987?lang=es
Ventas,
Debemos distinguir preliminarmente, que esto depende de la condición fiscal de cada
contribuyente. Efectuaremos el análisis en base a los 2 más comunes.
1) SUJETOS INCLUIDOS EN EL CONVENIO MULTILATERAL
Declaración por parte del Sujeto Percibido
Estos sujetos efectúan su presentación, a través de la DDJJ CM-03 dentro del aplicativo
SIFERE WEB. En la misma, deben cargar las PERCEPCIONES sufridas.
Esta presentación es Mensual. Ver link https://calipso.freshdesk.com/a/solutions/articles/101000546549?lang=es
2) SUJETOS CONTRIBUYENTES LOCALES
Sujetos inscriptos en Ingresos Brutos Directo en la Provincia de Corrientes, deben
realizar la presentacion de la DDJJ a través del aplicativo DJIBOD (Declaración Jurada
de Ingresos Brutos Obligados Directos) que se ingresa con clave fiscal de dicha
provincia. No se encuentra publicado el instructivo para su utilización como asi tampoco
el diseño de archivo para importar retenciones/percepciones.
Importe Mínimo Percepción: 5600 pesos
******************************************************************************************************************************************************************
Solución Técnica | Corporate
Modelo Destino
La siguiente solución parte del módulo impositivo del Modelo Base Corporate, que incluye:
los campos extendidos necesarios y los scripts actualizados;
los XML necesarios en caso de estar en una migración Web.
De esta manera, solo deberá realizar las configuraciones correspondientes al Impuesto y las Posiciones del mismo, detalladas en el apartado siguiente.
Tener en cuenta: en el caso de los modelos que no están construidos a partir del Modelo Base Corporate, la documentación servirá de referencia, pero deberán adaptarla a su propio modelo.
Por este motivo, sugerimos implementar dicho módulo desde el Modelo Base Corporate, considerando que el mismo puede ser independiente, sin necesidad de partir del modelo base.
Información técnica: más información en el siguiente instructivo: CO. Solicitud de actualización.
Configuración del Impuesto
Al momento de generar la solución en el sistema, el modelo destino puede presentar distintos escenarios o casos, por lo que se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones:
No tiene dado de alta el impuesto: darlo de alta con las parametrizaciones necesarias.
Tiene dado de alta el impuesto, pero no están actualizados los coeficientes en los maestros.
En ambos casos, deberá dar de alta el impuesto y/o configurar los campos requeridos en el modelo, aplicando los pasos indicados en los siguientes instructivos:
Posiciones en los maestros
Luego de la creación del Impuesto y/o creación de Coeficientes, deberá chequear las Posiciones en los maestros (Impuestos, Clientes, Producto, Servicios y/o Conceptos).
Para ello, podrá utilizar el siguiente instructivo:
En caso de que el impuesto lleve padrón para su cálculo, este deberá ser informado en el campo Nombre, de la solapa Padrones (sección Detalle) del impuesto respectivo.
Posiciones recomendadas
>> Importante: revisar las exenciones en los operadores comerciales (clientes o proveedores según corresponda)
¿Le ha sido útil este artículo?
¡Qué bien!
Gracias por sus comentarios
¡Sentimos mucho no haber sido de ayuda!
Gracias por sus comentarios
Sus comentarios se han enviado
Agradecemos su esfuerzo e intentaremos corregir el artículo