Introducción
La Resolución General (ARCA) N° 5762/2025 sustituye el régimen anterior de facturación (Res. Gral. AFIP N° 1575/2003), eliminando los comprobantes clase “M” y modernizando el procedimiento de habilitación de comprobantes clase “A”.
A partir de esta normativa, las opciones de emisión se clasifican según el cumplimiento fiscal del solicitante:
- Comprobantes clase A: para contribuyentes que cumplen con todos los requisitos.
- Comprobantes clase A con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”: para quienes no cumplen los requisitos establecidos.
- Comprobantes clase A con leyenda “PAGO EN CBU INFORMADA”: opción disponible para contribuyentes que no acrediten solvencia patrimonial, aunque cumplan los demás requisitos.
De este modo, las facturas clase “M” quedan reemplazadas por las facturas clase “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”, manteniendo su codificación y correlatividad numérica, salvo que se habilite un nuevo punto de venta.

Cuando el contribuyente no acredite solvencia patrimonial, podrá optar por emitir comprobantes clase “A” con leyenda “PAGO EN CBU INFORMADA”, los cuales no estarán sujetos al régimen de retención de IVA y Ganancias regulado por el Título III de la RG (ARCA) N° 5762/2025.
Régimen de Retención
El régimen de retención aplicable a los comprobantes “A con leyenda OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN” establece que:
- El adquirente, locatario o prestatario inscripto en IVA que reciba este tipo de comprobante deberá actuar como agente de retención de IVA y Ganancias.
- Si la retención determinada por el régimen general (RG N° 830/2000) es mayor, prevalece el importe más alto.
Cálculo de retenciones:
- IVA: 100% de la alícuota correspondiente, aplicada sobre la base imponible según la ley del gravamen.
- Ganancias: 6% sobre la base de cálculo del punto anterior.
Las retenciones se practicarán al momento del pago, incluso sobre señas o anticipos que congelen precio, y deberán informarse mediante el Sistema de Control de Retenciones (SICORE) conforme la RG N° 2233.
Los comprobantes “A con leyenda OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN” no admiten certificados de exclusión de IVA o Ganancias (RG 830/2000 y RG 2226/2007).
Operaciones con comprobantes “A con leyenda PAGO EN CBU INFORMADA”
En estos casos, los responsables inscriptos que adquieran bienes o servicios deberán cancelar el pago de la factura mediante transferencia o depósito bancario en la CBU informada por el vendedor, la cual podrá consultarse en el micrositio “Facturación” del portal web de ARCA.
Los comprobantes clase “M” podrán utilizarse únicamente hasta el vencimiento de su autorización de impresión.
Vigencia: a partir del 1° de diciembre de 2025.
Actualización de indicadores
Deberán adaptarse los sistemas de pagos conforme a la nueva normativa.
En el sistema de pagos LA, se deben crear los nuevos indicadores de retención de IVA y Ganancias:
- G4 F3
- I4 07
- I4 08
- I4 09
Y desactivar los indicadores antiguos:
- G4 F1, G4 F2, I4 01, I4 02, I4 03, I4 04, I4 05 e I4 06.
Solución en Corporate ERP
Descripción
Para acompañar la entrada en vigencia de las Resoluciones Generales (ARCA) N° 5762/2025 y 5764/2025, Calipso ERP Corporate incorpora las adaptaciones necesarias en los esquemas de facturación, posiciones de impuesto, monitores de eventos y procesos de liquidación de IVA.
Estas modificaciones permiten automatizar la asignación de letras y condiciones de facturación conforme a los nuevos tipos de comprobante y regímenes de retención, asegurando la correcta emisión y liquidación a partir del 1/12/2025.
Tener en cuenta
Los cambios no requieren actualización de versión.
La solicitud de actualización correspondiente es:
“VLCCO-1365 – RG 5764/2025. Emisión de comprobantes - Res. Gral. 5762/2025. IVA y Ganancias. Autorización de emisión de comprobantes clase A. Regímenes de Retención.”Es importante determinar si el cliente necesita la modificacion para facturarle a clientes (modulo de ventas), o para realizar la retencion a sus proveedores (modulo de compras)
Los modelos que lo requieran, podrán sincronizar estos ajustes directamente desde la solicitud mencionada.
Ubicación
Las actualizaciones impactan en los siguientes componentes del modelo:
- Esquema operativo y de Proveedor
- Monitores de eventos
- Script de factura electrónica
- Definiciones de procesos de liquidación
Procedimiento
1. Nuevas posiciones de impuesto (IVA TASA)
Se crean las siguientes posiciones de impuesto en el esquema operativo y de proveedor:
CBU Inform: Responsable InscriptoRI_OSR: Responsable Inscripto Suj a Ret
Si el cliente lo precisa para facturar a sus clientes, en el Esquema operativo se debe informar la condicion ante el IVA RI_OSR: Responsable Inscripto o RI_OSR: Responsable Inscripto Suj a Ret
2. Modificación de monitores de eventos
Se actualizan los siguientes monitores para contemplar la nueva lógica de asignación:
- Asigna Letra en Transacciones de Ventas
- Asigna Letra en Transacciones de Compras
3. Actualización del script de Factura Electrónica
El script fImpresionElectronicaV3 fue modificado para incorporar los nuevos casos de facturación contemplados por las RG 5762/2025 y 5764/2025.
4. Procesos de liquidación de IVA
Se definieron las nuevas condiciones en los subdiarios:
Subdiario de IVA Compras
Subdiario de IVA Ventas
Tener en cuenta: estas condiciones solo entrarán en vigencia a partir del 1/12/2025.
5. Pruebas funcionales
- Se realizaron pruebas en el modelo Fastcloud, verificando la correcta asignación de letras según las condiciones establecidas.
- Durante las pruebas, se desactivó temporalmente la condición de vigencia para permitir la validación previa.
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