Introducción
El prorrateo de IVA se aplica cuando un contribuyente realiza en forma conjunta operaciones gravadas, exentas y/o no alcanzadas, y no es posible identificar de manera directa qué créditos fiscales corresponden a cada tipo de operación. En esos casos, la normativa obliga a calcular un coeficiente de prorrateo para determinar qué parte del IVA compra puede tomarse como crédito fiscal. Este principio surge del Artículo 12 inciso a) y su segundo párrafo de la Ley de IVA (Ley 23.349), que establece que sólo será computable el crédito fiscal vinculado a operaciones gravadas. La reglamentación del tema está desarrollada en el Artículo 7 del Decreto Reglamentario 692/98, donde se indica cómo calcular el coeficiente y cómo aplicar el ajuste anual.
Configuración en Corporate
Versión necesaria: los cambios estarán disponibles a partir de la versión 2026.0011.5184
Modelo Base: con fecha superario a 28/04/2025
Configuración
Esquema operativo
Ejercicio contable
Datos de interfaz
En la solapa de la interfaz agregar la siguiente información:
Aplica IVA prorrateo:
Método de prorrateo de IVA por defecto:
Con las siguientes opciones
Computable
No computable
Prorrateado
No definido
Datos de interfaz
En la solapa de la interfaz agregar la siguiente información:
Aplica IVA prorrateo:
Método de prorrateo de IVA por defecto:
Con las siguientes opciones
Computable
No computable
Prorrateado
No definido
Configurar el ejercicio
Cuenta contable en el impuesto (IVA)
Se agregó una tercer cuenta para informar el IVA prorrateo, cuando el metodo es prorrateable, para contabilizar el IVA no computable
Ingreso de Factura de compra
Cuando se ingresa un comprobante de compra se deberá informar si es computable, no computable, o si va a prorrateo.
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