CO. SIRTAC

Modificado el Dom, 5 Jul a 9:09 P. M.

Introducción


El Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra (SIRTAC) es un

régimen implementado para facilitar la recaudación del impuesto sobre los ingresos

brutos a través de operaciones con tarjetas de crédito y compra, así como otros medios

de pago electrónicos. Este sistema fue aprobado y regulado por la Comisión Arbitral en

el marco del Convenio Multilateral del 18.8.77, teniendo como objetivo centralizar y

simplificar la recaudación para las jurisdicciones adheridas, asegurando el cumplimiento

de las obligaciones fiscales.


Consideraciones Generales:

SIRTAC aplica a las operaciones de ventas de bienes, prestaciones de servicios y otras

actividades económicas realizadas mediante tarjetas de crédito, débito y otros medios

electrónicos de pago. Las jurisdicciones que adhieren a este sistema delegan en la

Comisión Arbitral la administración y control de las retenciones, que son efectuadas por

los agentes de recaudación designados.


Sujetos obligados


Los agentes de retención en el marco del sistema SIRTAC son aquellos designados por

cada jurisdicción adherida, responsables de aplicar retenciones sobre las operaciones

realizadas mediante tarjetas de crédito, débito y otros medios electrónicos de pago.

Estos agentes pueden incluir

  • Instituciones financieras, emisoras de tarjetas de crédito y débito, y 
  • operadores de otros sistemas de pago que realicen liquidaciones o rendiciones

periódicas de dichas operaciones. 


Cada jurisdicción es responsable de comunicar a la Comisión Arbitral los padrones de altas y bajas de estos agentes de retención, así como de los sujetos pasibles de retención. Esta nominación y gestión de agentes de retención

asegura que las retenciones se apliquen de acuerdo con las normativas locales y del

Convenio Multilateral, facilitando una recaudación eficiente y coordinada en las

jurisdicciones adherida.


Alcance:

Las retenciones deben ser practicadas en el momento de la liquidación y/o rendición de

los importes que se acreditan a los comerciantes, prestadores de servicios o personas

físicas que realizan operaciones mediante tarjetas de crédito, débito u otros medios

electrónicos de pago. Esto implica que cuando un comerciante presenta sus cupones,

facturas, o comprobantes de ventas y servicios para su liquidación, el agente de

retención deberá calcular y aplicar la retención correspondiente sobre el total de esos

importes.


La retención se efectúa al momento en que el agente de recaudación procesa la

operación de pago, asegurando que las retenciones sean oportunamente deducidas

antes de que los fondos sean acreditados en la cuenta del beneficiario.


Sujetos pasibles de Retención

Los sujetos pasibles de retención bajo el sistema SIRTAC incluyen a aquellos

contribuyentes que realizan operaciones económicas alcanzadas por el impuesto sobre

los ingresos brutos, tanto locales como aquellos comprendidos en el régimen del

Convenio Multilateral. Esto abarca a personas físicas y jurídicas que, sin haber

informado su situación fiscal al agente de retención, realicen actividades económicas de

manera habitual en una o más jurisdicciones adheridas al sistema SIRTAC.



Declaración por parte del Agente


Los agentes de retención en el sistema SIRTAC deben presentar declaraciones juradas

de manera quincenal, detallando todas las retenciones efectuadas durante ese período.

Estas presentaciones deben seguir el calendario de vencimientos publicado por la

Comisión Arbitral. En caso de detectar errores, los agentes tienen la posibilidad de

presentar declaraciones rectificativas para corregir las inconsistencias. La presentación

de estas declaraciones, así como el pago de los importes retenidos, se realiza a través

de un sistema informático provisto por la Comisión Arbitral. Este sistema genera una

Boleta de Pago que los agentes deben utilizar para realizar el pago correspondiente

mediante la red de Interbanking S.A utilizando el servicio 'Pagos BtoB

Aplicativo

SIFERE WEB

Los agentes de recaudación deberán ingresar al sistema utilizando su CUIT y la clave

fiscal de AFIP a través del sitio web del Sistema Integrado de Recaudación sobre

Tarjetas de Compra y Crédito, disponible en www.sirtac.comarb.gob.ar. Para operar

por primera vez en el sistema, los agentes deben acceder a la opción “Administrador

de Relaciones de Clave Fiscal” en el portal de AFIP e incorporar una nueva relación

seleccionando el servicio denominado “SIRTAC - DDJJ”.

Cada mes, los agentes de recaudación tendrán acceso al padrón de contribuyentes

alcanzados a través del Módulo Agentes. Este padrón estará disponible en el sistema

el día 22 de cada mes, permitiendo a los agentes consultar y gestionar la información

de los contribuyentes sujetos a retención.


PERSPECTIVA SUJETO QUE RECIBE LA RETENCION:

Debemos distinguir preliminarmente, que esto depende de la condición fiscal de cada

contribuyente. Efectuaremos el análisis en base a los 2 más comunes.

1) SUJETOS INCLUIDOS EN EL CONVENIO MULTILATERAL


Declaración por parte del Sujeto Retenido

Estos sujetos efectúan su presentación, a través de la DDJJ CM-03 dentro del aplicativo

SIFERE WEB. En la misma, deben cargar las Retenciones sufridas.

Esta presentación es Mensual.


2) SUJETOS CONTRIBUYENTES LOCALES

Deberán seguir el procedimiento que cada jurisdicción local establezca


Retenciones SIRTAC - Formato del registro La siguiente tabla describe el formato de un registro de una retención de SIRTAC. La primera columna indica el concepto, la segunda el tipo, la tercera el tamaño, la cuarta y quinta columna indican la posición dentro del registro y la última comentarios adicionales a tener en cuenta.



 Ejemplo de archivo A continuación se muestra cómo se ve un archivo de ejemplo, con un registro por línea: 90420-17331726-420/02/202100010000000000000001O 0000000000000000000000001271.08 90420-17331726-420/02/202100010000000000000002O 0000000000000000000000001726.39 90420-17331726-420/02/202100010000000000000003O 0000000000000000000000001726.87 90420-17331726-420/02/202100010000000000000004O 0000000000000000000000002075.95 90420-17331726-420/02/202100010000000000000005O 0000000000000000000000002272.66 90420-17331726-420/02/202100010000000000000006O 0000000000000000000000002498.37 90420-17331726-420/01/202100010000000000000007O 0000000000000000000000002740.07 90420-11111111-2201/02/202111120000000000000008O 0000000000000000000000081000.99

¿Le ha sido útil este artículo?

¡Qué bien!

Gracias por sus comentarios

¡Sentimos mucho no haber sido de ayuda!

Gracias por sus comentarios

¡Háganos saber cómo podemos mejorar este artículo!

Seleccione al menos una de las razones
Se requiere la verificación del CAPTCHA.

Sus comentarios se han enviado

Agradecemos su esfuerzo e intentaremos corregir el artículo